Director: Daniel Carril Carrera
Contacto:
Mesa Central: 443678409
Correo: dom@munilosalamos.cl
Esta Dirección es una unidad de línea dependiente del Alcalde. Tiene a su cargo las siguientes unidades:
Objetivo:
El objetivo es procurar el desarrollo urbano comunal y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan las construcciones y las obras de urbanización que se ejecuten en el territorio comunal, incluidas las propias de la infraestructura municipal.
Funciones:
Las funciones asignadas a la Dirección de Obras Municipales son las contempladas en el Artículo 24 de la ley 18.695, “Orgánica Constitucional de Municipalidades”:
A la Unidad Encargada de Obras Municipales le corresponderán las siguientes funciones:
- a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
1) Dar aprobación a las fusiones, subdivisiones y modificaciones de deslindes de predios en las áreas urbanas, de extensión urbana, o rurales en caso de aplicación del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones;
2) Dar aprobación a los anteproyectos y proyectos de obras de urbanización y edificación y otorgar los permisos correspondientes, previa verificación de que éstos cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
3) Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y
4) Recibirse de las obras y autorizar su uso, previa verificación de que éstas cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
- b) Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan;
- c) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización;
- d) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna;
- e) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural y pronunciarse sobre los informes de mitigación de impacto vial presentados en la comuna a petición de la secretaría regional ministerial de Transportes y Telecomunicaciones o de la dirección de Tránsito y Transporte Públicos Municipal respectiva;
- f) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros, y
- g) En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.
Quien ejerza la jefatura de esta unidad deberá poseer indistintamente el título de arquitecto, de ingeniero civil, constructor civil o de ingeniero constructor.
3.- UNIDADES QUE COMPONEN LA DIRECCION DE OBRAS
Para llevar a cabo el funcionamiento de lo expuesto la Dirección de Obras Municipales se encuentra compuesta por las siguientes unidades:
– ADMISIBILIDAD:
Función: Ingreso y recepción de antecedentes para su revisión y si corresponde su ingreso o devolución, cumple el rol de admisibilidad y mesón.
– EDIFICACIÓN Y URBANISMO:
Función: En esta unidad se tramitan todas las solicitudes de permisos y recepciones de Urbanismo y Construcción.
– INSPECCION:
Función: En esta unidad se tramitan todas las solicitudes relacionadas con las inspecciones tales como reclamos, certificados municipales y el seguimiento de la Ejecución de Proyectos. Complementariamente, también se hacen sólo las visitas de las recepciones finales.
– DIGITALIZACIÓN Y CATASTRO:
Función: En esta unidad se tramitan todas las solicitudes certificados y desarchivo.
– MANTENCIÓN DE ALUMBRADO PUBLICO:
Función: Mantención comunal de Alumbrado Público.