Dirección de Obras Municipales

Director: Daniel Carril Carrera

Contacto:   

Mesa Central: 443678409

Correo: dom@munilosalamos.cl

Esta Dirección es una unidad de línea dependiente del Alcalde. Tiene a su cargo las siguientes unidades:

Objetivo:

El objetivo es procurar el desarrollo urbano comunal y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan las construcciones y las obras de urbanización que se ejecuten en el territorio comunal, incluidas las propias de la infraestructura municipal.

Funciones:

Las funciones asignadas a la Dirección de Obras Municipales son las contempladas en el Artículo 24 de la ley 18.695, “Orgánica Constitucional de Municipalidades”:

A la Unidad Encargada de Obras Municipales le corresponderán las siguientes funciones:

  1. a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:

1) Dar aprobación a las fusiones, subdivisiones y modificaciones de deslindes de predios en las áreas urbanas, de extensión urbana, o rurales en caso de aplicación del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones;

2) Dar aprobación a los anteproyectos y proyectos de obras de urbanización y edificación y otorgar los permisos correspondientes, previa verificación de que éstos cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

3) Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y

4) Recibirse de las obras y autorizar su uso, previa verificación de que éstas cumplen con los aspectos a revisar de acuerdo a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

  1. b) Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan;
  2. c) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización;
  3. d) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna;
  4. e) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural y pronunciarse sobre los informes de mitigación de impacto vial presentados en la comuna a petición de la secretaría regional ministerial de Transportes y Telecomunicaciones o de la dirección de Tránsito y Transporte Públicos Municipal respectiva;
  5. f) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros, y
  6. g) En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.

  Quien ejerza la jefatura de esta unidad deberá poseer indistintamente el título de arquitecto, de ingeniero civil, constructor civil o de ingeniero constructor.

3.- UNIDADES QUE COMPONEN LA DIRECCION DE OBRAS

Para llevar a cabo el funcionamiento de lo expuesto la Dirección de Obras Municipales se encuentra compuesta por las siguientes unidades:

– ADMISIBILIDAD:

Función: Ingreso y recepción de antecedentes para su revisión y si corresponde su ingreso o devolución, cumple el rol de admisibilidad y mesón.

EDIFICACIÓN Y URBANISMO:

Función: En esta unidad se tramitan todas las solicitudes de permisos y recepciones de Urbanismo y Construcción.

– INSPECCION:

Función: En esta unidad se tramitan todas las solicitudes relacionadas con las inspecciones tales como reclamos, certificados municipales y el seguimiento de la Ejecución de Proyectos. Complementariamente, también se hacen sólo las visitas de las recepciones finales.

– DIGITALIZACIÓN Y CATASTRO:

Función: En esta unidad se tramitan todas las solicitudes certificados y desarchivo.

– MANTENCIÓN DE ALUMBRADO PUBLICO:

Función: Mantención comunal de Alumbrado Público.

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